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La Legislatura
sancionó una ley que desalentará en los menores una conducta alimenticia
hiper calórica o carente de nutrientes, a la vez que reducirá
enfermedades crónicas como el sobrepeso y la obesidad, con sus
complicaciones inmediatas, como la hipertensión, la diabetes y
las enfermedades cardiovasculares.
Por mayoría simple quedó sancionada una norma que prohíbe "en
toda la vía pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
efectuar publicidades de promociones, descuentos, entrega de
regalos o sorteos, atados a la compra de alimentos procesados de
elevado contenido en sodio, azúcar o grasas saturadas, cuando
dichos mensajes publicitarios estén dirigidos a niñas, niños y
adolescentes".
La ley, en el artículo segundo considera que una publicidad está
dirigida a los menores "cuando el mensaje publicitario resulta
objetiva y mayoritariamente apto para captar la atención o
interés de esa franja etaria" y entiende por 'alimentos
procesados' a "aquellos frutos o productos de origen vegetal y/o
animal que no se comercialicen en su estado natural y cuya naturaleza
intrínseca haya sido modificada total o parcialmente por algún
proceso de elaboración o procedimiento industrial". Por otra
parte, la norma establece que corresponderá esta calificación
por el “alto contenido en sodio, azúcar o grasas saturadas” y
"cuando el mismo sea superior al que determina el Ministerio de
Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
conformidad con los parámetros establecidos por la Organización
Mundial de la Salud para la franja etaria aludida".
Ante las infracciones se aplicarán las sanciones previstas en la
Ley Nº 22.802, rigiendo su procedimiento la Ley 757 de defensa
de los derechos del consumidor local. La iniciativa de los
diputados Helio Rebot y Alejandro García (PRO) tuvo dictamen
favorable de las comisiones de Salud y de Defensa de los
Consumidores y Usuarios.
La decisión se enmarca en la Ley 114, de Protección Integral de
niños/as y adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires que obliga
al Gobierno a adoptar medidas para combatir las enfermedades y
la malnutrición; asegurar que todos los sectores de la sociedad,
los miembros de la familia, y en particular los niños, niñas y
adolescentes, conozcan los principios básicos de la salud, la
nutrición, las ventajas de la lactancia materna, la higiene, el
saneamiento ambiental y todas las medidas de cuidado y
prevención, según expresa el art. 23 inc. b) y c).
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