12 de Enero de 2016

Espacio público

Veredas ocupadas

Realicé varias denuncias y reclamos al Centro de Gestión pero fue en vano. En la calle Conde al 2000 se encuentran dos bares/restaurantes en cuyas veredas es imposible transitar. Desearía saber si aún rige la ordenanza que obliga a los comercios mantener libre parte de la vereda. Estos obviamente ocupan toda la vereda dejando un mini pasillo para el peatón. Los inspectores no objetaron nada, cosa más que sospechosa.

Mariana

Obstrucción ilegal en la vía pública

He observado la obstrucción ilegal e impune de la vía pública, que hace un mini mercado ubicado en la esquina de Echeverría y Migueletes. Indudablemente usan el espacio público de depósito del negocio, el cual es muy chico. Pregunté a los cajeros del local, si tenían autorización para poner esos carros en la calle y en esa cantidad, pero los jóvenes solo están entrenados para cobrar, y sin argumentos hicieron silencio. La falta de respeto en la convivencia de los ciudadanos no tiene límites.

Inés

Al espacio público lo define su uso social. Se consideran espacios públicos cerrados a centros culturales y edificios de administración, mientras que los espacios públicos abiertos hacen referencia a calles, veredas, plazas y espacios verdes. No todos los espacios públicos tienen los mismos usos, existiendo diferentes permisos y prohibiciones para quienes los aprovechan. La ocupación de los espacios públicos puede deberse a la presencia de puestos de revistas y diarios, de flores, de productos comestibles, como también ferias, mesas y sillas de bares y restaurantes, motos estacionadas o vendedores ambulantes. Pero también incluye cuestiones que no se deducen tan fácilmente, como el equipamiento urbano o el tendido de redes de servicios públicos.

La ocupación de la vía pública quita espacio de circulación y esparcimiento, generando conflictos entre los peatones. La obstrucción del paso en veredas a causa del incumplimiento de la normativa con respecto al tamaño o cantidad de mesas y sillas de bares y restaurantes, puestos de diarios o de flores, obstaculiza el paso de peatones.

La Ley Nro. 1071 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que en aceras cuyo ancho se encuentre comprendido entre tres (3) metros y cuatro (4) metros, se autorizará la colocación de una (1) hilera de mesas con dos (2) sillas, colocadas en forma paralela a la Línea de Edificación y dejando un corredor libre entre ésta y la línea más próxima a la mesa de 1,80 metros. En caso de veredas de más de 3,60 metros se permitirá la colocación de una tercera silla ubicada entre la mesa y la línea de edificación. Los horarios, y días permitidos para aquellos establecimientos habilitados que posean permiso para la colocación de mesas y sillas en la acera, serán definidos por la autoridad de aplicación, respetando las características comerciales del barrio.

El uso indebido de plazas y espacios verdes puede resultar en la falta de espacios de recreación para los ciudadanos. La colocación inapropiada de toldos, afiches publicitarios, carteles salientes, marquesinas o estructuras publicitarias en veredas, impide la visualización de señales viales y carteles informativos, degrada el paisaje urbano, distorsiona el patrimonio construido y genera contaminación visual.

Respecto a la higiene de la ciudad, no sólo es fundamental la eficiencia de las prestatarias del servicio, sino que también es imprescindible el compromiso por parte de los ciudadanos con respecto a la limpieza y al cuidado de la vía pública en general.

¿Qué podemos hacer cada uno de nosotros para cuidar el espacio público?

Residuos: Respetar los días y horarios para colocar las bolsas de residuos en la vía pública. Envolver vidrios y objetos cortantes antes de tirarlos. Evitar arrojar residuos en esquinas, veredas de casas abandonadas o terrenos baldíos.
Limpieza de veredas y calles: Mantener en condiciones de higiene las veredas y canteros del frente de nuestras casas. Lavar la vereda sólo en el horario de 22 a 9 hs. Respetar el estacionamiento a 20 cm del cordón para permitir el correcto barrido de las calles.
Cuidado de mascotas: Recoger las deposiciones de los perros, y pasearlos con rienda y collar, salvo en los espacios autorizados. No dejar que los perros ingresen al arenero de la plaza. No dejarlos atados a árboles, monumentos públicos, postes de señalización o mobiliario urbano. Exigirle al paseador la debida registración.

Preservación del patrimonio urbano: No pegar afiches o graffitis en columnas de alumbrado, semáforos, postes de señalización, cestos papeleros o muros. Cuidar las estatuas, los monumentos y las fuentes de los espacios públicos. Utilizar adecuadamente el equipamiento urbano: los papeleros, los contenedores, los bancos, los patios de juego.