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Viajar en Colectivo,
es toda una odisea. Cuantas veces el 59 circula por el medio de
Cabildo, y pasa por la parada sin detenerse. Y cuantas veces
pasan tres colectivos juntos de la misma línea y hay que esperar
un buen rato hasta que aparezca otro.
Los usuarios de colectivos, viajan aplastados, esperan más de la
cuenta y generalmente desconocen sus derechos.
¿Sabían que los usuarios de las empresas de transporte urbano de colectivos
tienen derecho a ascender y descender del vehículo en todas las
esquinas los días de lluvia y entre las 22 y las 6 horas?. Ni
los chóferes deben saber esto o se hacen los que no saben.
Obligaciones que deben cumplir las empresas de colectivos:
√ Los vehículos deben permanecer en adecuadas condiciones de
higiene y ser sometidos a una desinsectación periódica. Todas
las unidades deben estar provistas de matafuegos.
√ No se debe fumar en el interior del vehículo.
√ Deben velar permanentemente por la seguridad de los pasajeros
y en especial en ocasión de su ascenso o descenso del vehículo,
lo que sólo pueden realizar acercándose el máximo posible a la
acera en los lugares establecidos a tal fin.
√ Circular con las puertas cerradas del vehículo.
√ Se prohíbe la realización de tareas de higiene, mecánica o
reparaciones en general en los puntos cabeceras, en las calles y
avenidas adyacentes o contiguas a sus garajes o estaciones
centrales y accesorias, permitiéndose exclusivamente una ligera
limpieza interior de las unidades.
√ Los conductores deben evitar la generación de ruidos molestos.
Asimismo, deben permanecer con el motor apagado mientras las
unidades estén en espera o fuera de servicio.
√ Cumplir y exhibir en los vehículos el recorrido de la línea,
los horarios y cuadros tarifarios autorizados.
√ Prestar el servicio con vehículos habilitados ante la C.N.R.T.
que cumplan con la revisión técnica obligatoria cada 6 meses.
√ Prestar el servicio con conductores que posean la licencia
nacional habilitante al día. Dicha licencia implica la
aprobación de exámenes destinados a evaluar la aptitud
psicofísica.
√ Cumplir con la frecuencia establecida en horarios nocturnos
para los servicios troncales. De 22:00 a 24:00 un servicio cada
15 minutos y de 00:00 a 4:00 un servicio cada 30 minutos.
√ Respetar el nivel permitido de emisión de gases contaminantes
y/o ruidos.
√ Poseer instalaciones afectadas en forma exclusiva a la guarda
de vehículos fuera de servicio, estando prohibida para tal fin
la utilización de la vía pública.
√ Recibir los reclamos del usuario a través de una línea
telefónica de cobro revertido cuyo número debe ser exhibido en
el exterior e interior de los vehículos.
√ Responder por escrito los reclamos de los usuarios en un plazo
de treinta días de haberse recibido.
Obligaciones de los Pasajeros:
√ Ceder de inmediato el asiento a personas ancianas, con
necesidades especiales, embarazadas o con movilidad reducida.
√ Utilizar correctamente la puerta delantera.
√ No pueden ascender a la unidad habiéndosele advertido que
tiene el pasaje completo.
√ Facilitar el desplazamiento o la ubicación de otros pasajeros
en los pasillos interiores.
√ Atender o acatar las indicaciones del conductor, cuando éstas
estuvieren vinculadas a cumplir las obligaciones de los usuarios
o a la seguridad del transporte.
√ No utilizar aparatos reproductores de sonido o receptores de
radio con audífonos.
√ Acatar la prohibición de fumar en el interior del vehículo o
la de sacar los brazos o parte del cuerpo por las ventanillas.
√ Esperar el vehículo en la parada correspondiente, solicitando
con anticipación su detención.
√ Indicar al conductor el destino en el momento de solicitar
boleto.
√ Conservar el boleto durante todo el viaje.
Derechos de los pasajeros:
√ Exigir el cumplimiento de las normas de seguridad relativas al
vehículo y al conductor del servicio.
√ Exigir el cumplimiento del recorrido, la frecuencia y las
tarifas.
√ Ascender y descender del vehículo en la parada autorizada por
el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
√ Ascender y descender del vehículo en todas las esquinas los
días de lluvia.
√ Ascender y descender del vehículo en todas las esquinas entre
las 22:00 y las 6:00 horas.
√ Realizar sus reclamos ante la empresa a través de la línea
telefónica gratuita exhibida en las unidades de la empresa.
√ Realizar sus reclamos ante la CNRT a través de la línea
telefónica gratuita 0800-333-0300 o apartado postal 129 C.P.
1000 Correo Central
√ Obtener un comprobante de viaje o boleto conteniendo la
siguiente información obligatoria: Boleto de máquina: importe
del pasaje requerido, número de sección de ascenso, sigla de la
empresa o logotipo, número de línea y fecha de emisión, número
correlativo de boleto. Boleto de expendio manual: valor
tarifario, nombre de la empresa, número de línea, número de
boleto.
Obligaciones del Conductor:
√ Tratar con respeto y consideración a los usuarios.
√ Conducir en forma prudente respetando las normas de tránsito y
la velocidad autorizada.
√ Cumplir y hacer cumplir las disposiciones relativas a personas
con movilidad reducida.
√ No conversar con los pasajeros.
√ No abandonar el puesto de conducción durante la prestación del
servicio.
√ Respetar la prohibición de escuchar radio.
√ No cumplir tareas de expendio y cobro de boletos.
√ Respetar la parada establecida deteniendo el vehículo junto a
la acera en forma paralela al cordón. |