|
Crónica de
un mal inicio anunciado
* Los primeros pasos comunales
El Consejo Comunal de la Comuna 10 se autoconvoca después que la
Junta Comunal lo convocara un día y lo desconvocara al siguiente
por "órdenes superiores", lo que no es aceptado por los vecinos
y organizaciones. En la Comuna 4 dos Juntistas Comunales
rechazan la convocatoria a inscribirse en el registro hecha por
el Presidente y envían una carta documento rechazando la fecha
de "cierre" de dicho registro y la citación a constituir varios
consejos comunales. En muchas Comunas ni las Juntas Comunales ni
los Consejos Comunales tienen espacios previstos para cumplir
sus funciones y en algunas de ellas como en las Comunas 5 y 12,
ni siquiera tienen edificio propio, lo que está generando
problemas y tensiones innecesarias. En la Comuna 14 un vecino
solicita presenciar las reuniones de la Junta Comunal y como no
saben que responderle, consultan a la Dirección de Asuntos
Comunales de la Procuración General, creada de apuro
contradiciendo la autonomía comunal establecida en la ley. En la
Comuna 11 los vecinos detectan que varios Juntistas del partido
gobernante tienen, a su vez, contratos en la también creada de
apuro UAC y están investigando si cobran doble sueldo. El
Gobierno Central viola la ley 70 al no asignar a cada Comuna un
presupuesto descentralizado propio y pretender manejarlo
centralizadamente desde el Gobierno Central; lo que ya está
provocando la preparación de varios amparos y demandas penales.
En la Comuna 13 los vecinos viendo que no se les había dado
participación en la elaboración del presupuesto y plan de acción
comunal para el 2012, recogen rápidamente más de 1000 firmas
para solicitar una Audiencia Pública a efectos de plantear los
25 problemas y 4 proyectos que desean sean resueltos durante el
año en su Comuna.
En fin, los primeros pasos comunales muestran un cuadro de
imprevisiones, incompetencias e incumplimiento de las leyes por
parte de las autoridades y un inicio de enfrentamientos y
conflictos nada saludables para la nueva institución.
* Las casualidades no existen
Esta situación no es producto de la casualidad. Desde el inicio
se hicieron propuestas para llegar a la iniciación de las
Comunas en forma seria y responsable y constantemente, desde
distintos foros, se fue advirtiendo públicamente lo que
podríamos denominar "Crónica de un mal inicio anunciado".
o Concientes de la importancia que las Comunas tendrían para
mejorar la vida de la Ciudad de Buenos Aires, en el año 2006 –
apenas sancionada la Ley Orgánica de Comunas 1777 – los vecinos
aportan a la Legislatura y al Poder Ejecutivo un cronograma que
contemplaba todas las dimensiones y pasos a cubrir en este
complejo proceso de transición a las Comunas. Nunca se analizó
ni discutió seria y responsablemente esta propuesta, ni se
presentó otra que la suplantara. Sencillamente, desde el 2006
hasta que las Juntas Comunales fueron elegidas, no se elaboró
ningún plan de transición a las Comunas.
o En octubre de 2009 se promulga la Ley 3.233 que imponía al
Poder Ejecutivo, entre otras obligaciones, iniciar un programa
intensivo de difusión y formación pública relacionado con el
proceso de descentralización y realizar campañas de
esclarecimiento y divulgación mediante el uso del sistema de
medios de publicidad públicos, con referencia a dicho proceso. y
los comicios que oportunamente se lleven adelante.
o En abril de 2011 – 18 meses después de promulgada aquella Ley
y a menos de 3 meses de las elecciones Comunales – una encuesta
realizada por la Defensoría del Pueblo de la CABA reveló que el
82% de la población encuestada nunca había escuchado hablar de
las Comunas o aún habiendo escuchado sobre el tema no sabían que
son las Comunas, ni que función cumplen o que servicios
brindaran: 82 ciudadanos de cada 100 no tenían información
adecuada de que debían votar Juntistas Comunales en los próximos
90 días, ni para qué.
* En Marzo del 2011 Interconsejos Comunales destacaba en una
nota presentada a la Comisión Tripartita de Información,
Seguimiento y Control del Proceso de Transición a las Comunas la
importancia institucional que representaba el mandato
constitucional de organizar y poner en marcha el Poder Comunal,
sus implicancias y la necesidad de "...una profunda
reorganización de la estructura y funciones del Estado de la
Ciudad de Buenos Aires."
Y agregaba que ante la evidente inacción de los organismos
responsables de llevar a buen término esta renovación "...estas
tienen una alta probabilidad de encontrarse con una estructura
orgánica comunal hecha a las apuradas, sin edificios apropiados,
sin personal para funcionar, sin presupuesto, sin competencias
clara y específicamente transferidas con los respectivos
recursos y sin un conocimiento público sobre el tema que
facilite al vecino participar en el proceso fundacional del
Poder Comunal"
Buenos Aires, enero 2012.
1. Institución creada e integrada por los vecinos que participan
en sus respectivos Consejos Comunales, de las 15 Comunas de la
CABA.
2. Esta Comisión, creada por Ley, está integrada por
representantes de Poder Ejecutivo, relacionados con las áreas
atinentes al Proceso de Descentralización con rango no inferior
a Subsecretario, representantes vecinales agrupados según las
Comunas establecidas y los diputados integrantes de la Comisión
de Descentralización y Participación Ciudadana de la Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Te saluda
MOVIMIENTO COMUNERO |