[BPN-02/07/08] El pasado martes 17 de junio,
la Dra. Diana Sevitz y el
administrador Mario Bernetti
brindaron una conferencia en el Instituto
de Capacitación Inmobiliaria (ICI)
de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA),
sobre los nuevos desafíos que implica
administrar edificios con amenities, es
decir, edificios que cuentan con servicios
adicionales de bienestar en las partes
comunes como pueden ser las piscinas, SUM
para jóvenes y adultos, canchas de tenis,
microcines, rincones gourmets, circuitos
aeróbicos, showrooms unidos con el arte,
solarium, gimnasio y guardería infantil,
entre otros.
Este tipo de construcción se generalizó de
tal modo que ya en el Convenio Colectivo
de Trabajo (CCT) 378/04, en su
artículo 5to. titulado "Clasificación de
edificios", se introducen estos servicios .
Bernetti destacó que fue entre el 2002 y el
2008 que se empezaron a hacer estas
construcciones y que en la actualidad, los
inversionistas del exterior quieren comprar
edificios con amenities "no importa si los
amenities son buenos o malos pero que tengan
un gimnasio, que tenga pileta o un sauna".
Según explicaron, los barrios más elegidos
son Puerto Madero, Palermo, Núñez, Villa
Urquiza y Caballito y los nuevos compradores
son profesionales jóvenes, empresarios,
separados e inversores que a la hora de
comprar buscan espacialidad y confort,
detalles de lujo, comodidades sin salir del
edificio, lugares de esparcimiento para
niños, amplios jardines, sofisticación y
seguridad.
Por otra parte, advirtieron que estas nuevas
construcciones también trajeron como
consecuencias: la alteración de la fisonomía
de los barrios, problemas con los vecinos
antiguos, cambio de zonificación y de
calidad de vida y un colapso de los
servicios de redes cloacales.
Teniendo en cuenta las nuevas
características de estos edificios,
consideraron que el administrar debe estar
capacitado para manejar un edificio que se
parece más a un country o a un barrio
cerrado que a un clásico consorcio.
En este sentido, resaltaron que deberá tener
la mentalidad de un gerente: "tiene que ser
un hábil negociador, contar con atención en
horarios ampliados, tener una oficina dentro
del complejo y estar altamente capacitado
para atender inconvenientes de una masa
poblacional de 2.500 personas en promedio",
destacó Bernetti.
Al mismo tiempo, el edificio deberá contar
con un reglamento interno que contemple y
reglamente el uso de estas nuevas
comodidades que no dejan de pertenecer a las
áreas comunes.
En principio, resaltaron que cuando se
sancionó la Ley 13512 no se hizo para
estimular el boom de la construcción: "se
crea para acercar la propiedad privada a
ciertos sectores, recuerden que estamos
hablando del gobierno de Perón en el que se
trae a la gente del interior par vivir en
las ciudades", subrayó Sevitz.
Recordaron que el antecedente a la propiedad
horizontal moderna fueron los conventillos.
Bernetti advirtió que hay que tener en
cuenta que en los años 20 y 30 se construían
edificios que no estaban sujetos a la ley de
propiedad horizontal y en general "eran de
un inversionista que quería vivir de rentas
y construía con los mejores materiales
porque se quería que el edificio sea para
muchos años