04 de Junio de 2015

Difundirán derechos de usuarios
en paradas de colectivos

Colocarán carteles en las paradas de colectivos con la indicación del derecho que asiste al usuario sobre el ascenso y descenso en horarios nocturnos y en días de lluvia según lo establece el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad.

El objetivo de esta norma, de autoría de los diputados Juan Nosiglia y Hernán Rossi (Suma+) es darle difusión a un derecho que tienen los usuarios de colectivos, pero que no muchos conocen. La Ley 2148 en su Título Noveno -Transporte Colectivo de Pasajeros- establece que entre las 22 y las 6 horas del día siguiente y durante tormenta o lluvia, el ascenso y descenso debe hacerse antes de la encrucijada que el pasajero requiera, aunque no coincida con la parada establecida. De igual beneficio gozan permanentemente las personas con movilidad reducida. Sin embargo, este derecho queda excluido del Sistema de Metrobus.