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04 de Junio de 2015
Difundirán derechos de usuarios
en paradas de colectivos
Colocarán carteles en las paradas de
colectivos con la indicación del derecho que asiste al usuario sobre el
ascenso y descenso en horarios nocturnos y en días de lluvia según lo
establece el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad.
El objetivo de esta norma, de autoría de los diputados Juan Nosiglia y
Hernán Rossi (Suma+) es darle difusión a un derecho que tienen los
usuarios de colectivos, pero que no muchos conocen. La Ley 2148 en su
Título Noveno -Transporte Colectivo de Pasajeros- establece que entre las
22 y las 6 horas del día siguiente y durante tormenta o lluvia, el ascenso
y descenso debe hacerse antes de la encrucijada que el pasajero requiera,
aunque no coincida con la parada establecida. De igual beneficio gozan
permanentemente las personas con movilidad reducida. Sin embargo, este
derecho queda excluido del Sistema de Metrobus.