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07 de Septiembre de 2015
La respuesta ante las emergencias
La Dirección General de Defensa Civil forma
parte del sistema de atención integral de siniestros y desastres de la
Ciudad, desarrolla diversas tareas atinentes a la gestión integral del
riesgo, trabajando tanto en la en la reducción de riesgos (prevención,
mitigación y preparación) como en el manejo de crisis (alerta y respuesta)
ante la ocurrencia de eventos adversos.
La Dirección General de Defensa Civil trabaja, en lo que hace a la
respuesta ante emergencias (incendios, derrames de sustancias tóxicas,
inundaciones, etc.) en coordinación con los demás organismos
intervinientes para salvaguardar la vida y los bienes de la población y
mitigar los posibles riesgos asociados al evento.
Respecto de las acciones preventivas y de preparación, esta repartición se
encarga de la evaluación y control de los planes de evacuación de
discotecas bailables, geriátricos, eventos masivos, etc. según la
legislación vigente y el asesoramiento en materia de medidas contra
incendio y seguridad en edificios públicos y privados.
Se realizan también relevamientos socio técnicos de diverso tenor con el
objeto de minimizar los riesgos existentes y es posible consultar y
analizar las distintas variables que se puedan presentar ante una
emergencia a través del Sistema de Información Geográfico (SIG)
realizándose estudios preliminares de riesgo.
En lo que hace al trabajo permanentemente con la comunidad, se desarrollan
actividades de capacitación en instituciones públicas, privadas y del
tercer sector, tendiendo a la formación de multiplicadores y promoviendo
el fortalecimiento de los lazos con diversos grupos comunitarios. Además,
promueve la difusión de medidas de autoprotección por diversos medios.
Responsabilidades primarias
Según lo establecido en el Anexo del Decreto 55 del 29 de enero de
2010:
- Entender en el desarrollo y funcionamiento integral del sistema de
atención de emergencias y desastres de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
según los términos de la Ley Nº 22418, su decreto reglamentario y el Plan
Maestro Metropolitano de Defensa Civil.
- Coordinar, planificar y controlar las operaciones de defensa civil
destinadas a la protección de la población ante situaciones de catástrofe,
siniestros y otros y desarrollar hipótesis de emergencia para operar ante
un riesgo potencial.
- Intervenir en la prevención y control de siniestros en todos los
edificios y organismos de pendientes de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Marco legal en la Ciudad de Buenos Aires
En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires rige la Ley 22.418 (1981) y su
Decreto Reglamentario 1170/82. La mencionada Ley otorga al entonces
Intendente las misiones de planificación, organización, promoción,
coordinación, control y dirección de la Defensa Civil y eventualmente la
conducción de las operaciones de emergencia dentro del ámbito municipal. A
través del Decreto Reglamentario se le otorga además la facultad de
declarar el estado de emergencia y la conducción de las operaciones de
emergencia pudiendo delegarse éstas en el Director General de la Dirección
General Defensa Civil.
En el año 2005, a partir del Decreto Nº 92 G.C.B.A., se crea la
Subsecretaría de Emergencias. La Dirección General de Defensa Civil pasa a
integrarla junto con otros organismos que dan respuesta a la emergencia.
Actualmente las responsabilidades primarias de la Dirección General de
Defensa Civil son las establecidas en el Anexo del Decreto Nº 2075/07 del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Con el Decreto 695/09, ante “la necesidad de abordar la problemática desde
sistemas más modernos y de probada eficacia en distintas ciudades del
mundo” se aprueba el “Plan Director de Emergencias”, que “constituye el
marco de referencia para que todas las áreas del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires den respuesta ante situaciones de amenaza a la comunidad”.