Ansiosamente la comunidad consorcial y los administradores esperaban alguna señal que morigerara el riguroso aislamiento obligatorio sanitario impuesto que impide administrar los edificios de manera presencial. Los propietarios no podrán usar los espacios comunes ni reunirse en asambleas.

La única novedad, no menos importante, es la habilitación para efectuar mudanzas a partir del 16/5/20 solo los fines de semana. Dicha prohibición fue establecida desde el comienzo del aislamiento, dado que no fue considerada una actividad esencial.

El no haberla incluido produjo un sin fin de perjuicios a locatarios y locadores, que se vieron impedidos de entregar las unidades locadas y mudarse a nuevos departamentos, inmovilizando aún más al castigado sector inmobiliario. A partir del 16 de mayo comenzará lentamente a normalizarse el intercambio de inmuebles locados permitiendo hacer nuevos contratos. Avizoro algunas complicaciones con los consorcios y sus normativas establecidas para días y horarios  de mudanza, en especial en aquellos en los cuales expresamente los días domingos no se lo permite.

Debemos llamarnos a la reflexión ya que estamos viviendo momentos anormales en donde algunas normativas ceden frente a otras. Este es el caso, si bien para los consorcistas lo normado por el reglamento interno o una decisión asamblearia es ley para ellos y todos deben cumplirla, aún el locatario ingresante, los decretos de necesidad y urgencia y las resoluciones dictadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires son de orden público, es decir, que se encuentran por encima de la normativa.

En vano algunos tratarán de impedir que se muden, invocando cuestiones sanitarias o de contagio, pero la normativa es clara,  las mudanzas están autorizadas.

Dra Diana C. Sevitz
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