Los nuevos rubros autorizados para reiniciar sus actividades en la Ciudad de Buenos Aires, son: Comercio minorista de proximidad con atención al público, excepto indumentaria y calzado. Mudanzas: fletes y mini fletes (fines de semana). Establecimientos educativos de gestión privada: guardias mínimas para actividad administrativa, sin atención al público. Actividad notarial. Personal afectado a la actividad de demolición y excavación. Locales gastronómicos, exclusivamente, para la modalidad “TakeAway/Para Llevar”.

La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informó que ante la excepción de la cuarentena de esta nueva serie de actividades que se desarrollan en el ámbito de la Ciudad, las personas alcanzadas por la nueva reglamentación deben tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación Covid-19. El trámite tiene el carácter de declaración jurada para los aplicantes, por lo que el eventual falseamiento de datos “dará lugar a sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente”.

El certificado se tramita desde la siguiente Web:
https://formulario-ddjj.argentina.gob.ar/certificado/caba/categoria/4