La Fundación Rumbos es una ONG que impulsa la accesibilidad a favor de un hábitat inclusivo. Participa del Consejo Consultivo Comuna 13 y articula acciones con organizaciones barriales en defensa de los espacios públicos verdes de la ciudad. Además, desde el 2017, lleva adelante el Programa VAS (Veredas Accesibles y Seguras) realizando relevamientos sobre el estado de las veredas y vados de Buenos Aires junto a instituciones educativas y organizaciones. El 29 de abril de este año, en una reunión con integrantes de la Junta Comunal y el equipo técnico de la Comuna 13, Rumbos informó sobre algunas siguientes situaciones que obstaculizan el desplazamiento en la vía pública.
María Rodríguez Romero (Coordinadora Políticas Públicas – Fundación Rumbos), comentó lo siguiente:
Es muy preocupante la invasión de veredas por parte de los comercios en toda la zona de Av. Cabildo, Av. Juramento, Av. Monroe, Av. Crámer: pizarrones, carteles, mesas, sillas, bicicleteros, artículos decorativos, etc. Estos elementos obstaculizan la circulación peatonal, especialmente para personas con movilidad reducida y en situación de discapacidad visual. Se solicitó aumentar los controles para garantizar itinerarios peatonales accesibles e iniciar una campaña de concientización dirigida a los comerciantes. La respuesta de la Comuna fue que el cuerpo de inspectores trabaja diariamente concientizando e intimando a aquellos propietarios que hacen uso del espacio público de modo indebido según normativa vigente. Teniendo a la vista los resultados, es necesario reforzar estos controles porque algunos comerciantes parecen desconocer o incumplir la normativa. El Código de Habilitaciones de la Ciudad de Buenos Aires dice en el punto 9.8.11 f: El área gastronómica no podrá ubicarse: En las partes de las aceras comprendidas entre las líneas imaginarias perpendiculares al cordón que pasan por los vértices de la ochava, según se detalla en la Figura 1.
Y el punto 9.8.14 dice: Puede autorizarse la colocación de un elemento o pizarra de información con unas dimensiones máximas de sesenta centímetros de ancho por un metro cincuenta centímetros de altura. Este elemento deberá estar situado, exclusivamente, dentro del área gastronómica. Se observa en las imágenes la falta de cumplimiento de este punto.
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