La Sociedad de Fomento de Belgrano R impulsó un amparo judicial patrocinado por el abogado Jonatan Baldiviezo. Cómo resultado de esta acción, el Juzgado N° 24 de la Ciudad declaró la nulidad del permiso de obra nueva otorgado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para la construcción de un nuevo edificio en el inmueble sito en la Av. De Los Incas 3019 esquina Carlos E. Zuberbühler. Allí, el Gobierno Porteño autorizó la construcción de un nuevo edificio que tuviera la misma altura de la estación de servicio que había anteriormente.

El permiso fue declarado ilegal porque no cumplió con las etapas previas de participación ciudadana obligatorias que establece la ley. De manera previa a proceder a la aprobación del proyecto, se debió dar intervención al Consejo del Plan Urbano Ambiental y al Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 13. Además no respetó los parámetros urbanísticos dispuestos por el entonces vigente Código de Planeamiento Urbano (CPU) luego de demoler el edificio existente. Debió tenerse en cuenta lo dispuesto por el CPU que en su artículo 5.4.6.29 referido al Distrito U28 Belgrano R, dispone que cualquiera sea la tipología adoptada para los edificios a construir, los mismos no podrán sobrepasar una altura de 8,80 m a partir de la cota de la parcela determinada por la Dirección de Catastro y un plano límite horizontal ubicado en 11,80 m por sobre la cota de la parcela determinada por la Dirección de Catastro.

Recomendaciones

Por admin

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.