CORREO DE LECTORES
Comuna 13: Belgrano - Colegiales - Núñez


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29 de Julio de 2017

Fachadas


Esteban:


A gran cantidad de vecinos nos llegó un Acta de Intimación para cumplir con la ley 257/99 (fachadas seguras), lo cual nos parece perfecto. Pero la intimación llegó para cumplirla con solo cinco días de plazo. Nos obligan a ir hasta la DGFCO (Dirección General de Fiscalización y Control de Obras), ubicada en la calle Perón al 2900, y luego hacer un descargo en otro organismo a muchas cuadras de allí, como si los contribuyentes estuviéramos todos de vacaciones, y tuviésemos muchísimo tiempo libre.

En la DGFCO me sugirieron pedir presupuesto a un arquitecto matriculado del CPAU (Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo), donde me pasaron $4.500 (cuatro mil quinientos pesos) para que venga alguien a ver el estado de mi fachada, y firme el acta. En el caso de ser infractor, los propietarios debemos hacernos cargo. ¿No es responsabilidad del Estado, chequear los frentes de las propiedades? Nosotros compramos la casa en el año 2009, y entre todos los sellados, tasas e impuestos que pagamos, nadie nos dijo nada sobre esta Ley. El momento de hacerlo era ESE, cuando compramos la propiedad, y no 8 años más tarde.

Fachadas Seguras

Con el objetivo de intensificar las medidas de seguridad, las fachadas con más de 10 años de antigüedad deben ser registradas. El trámite consiste en el cumplimiento de las inspecciones técnicas para el mantenimiento en buen estado de los frentes, contra frentes, patios de aire y luz, medianeras o muros perimetrales y techos con objeto de preservar la seguridad y evitar accidentes, conservando la integridad de los elementos ornamentales de la fachada de los inmuebles. Para realizar el trámite es necesario un profesional que lleve a cabo una inspección técnica del inmueble y confeccione el informe técnico correspondiente. El profesional debe encontrarse habilitado por su respectivo Consejo Profesional, CPAU (Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo: www.cpau.org ) CPIC (Consejo Profesional de Ingeniería Civil: www.cpic.org.ar ).

La periodicidad de la inspección técnica del inmueble varía según la antigüedad del mismo: Desde 10 a 21 años Cada 10 años. Más 21 a 34 años Cada 8 años. Más 34 a 50 años Cada 6 años. Más 50 a 71 años Cada 4 años. Más 72 años en adelante Cada 2 años.

La presentación de Ley 257 se efectúa mediante la utilización de un aplicativo Web al cual los usuarios acceden por medio de Internet. Para comenzar la tramitación hay que ingresar a www.fachadas.agcontrol.gob.ar