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29 de Julio de 2017
Fachadas
Esteban:
A gran cantidad de vecinos nos llegó un Acta de
Intimación para cumplir con la ley 257/99
(fachadas seguras), lo cual nos parece perfecto.
Pero la intimación llegó para cumplirla con solo
cinco días de plazo. Nos obligan a ir hasta la
DGFCO (Dirección General de Fiscalización y
Control de Obras), ubicada en la calle Perón al
2900, y luego hacer un descargo en otro
organismo a muchas cuadras de allí, como si los
contribuyentes estuviéramos todos de vacaciones,
y tuviésemos muchísimo tiempo libre.
En la DGFCO me sugirieron pedir presupuesto a un
arquitecto matriculado del CPAU (Consejo
Profesional de Arquitectura y Urbanismo), donde
me pasaron $4.500 (cuatro mil quinientos pesos)
para que venga alguien a ver el estado de mi
fachada, y firme el acta. En el caso de ser
infractor, los propietarios debemos hacernos
cargo. ¿No es responsabilidad del Estado,
chequear los frentes de las propiedades?
Nosotros compramos la casa en el año 2009, y
entre todos los sellados, tasas e impuestos que
pagamos, nadie nos dijo nada sobre esta Ley. El
momento de hacerlo era ESE, cuando compramos la
propiedad, y no 8 años más tarde.
Fachadas Seguras
Con el objetivo de intensificar las medidas de
seguridad, las fachadas con más de 10 años de
antigüedad deben ser registradas. El trámite
consiste en el cumplimiento de las inspecciones
técnicas para el mantenimiento en buen estado de
los frentes, contra frentes, patios de aire y
luz, medianeras o muros perimetrales y techos
con objeto de preservar la seguridad y evitar
accidentes, conservando la integridad de los
elementos ornamentales de la fachada de los
inmuebles. Para realizar el trámite es necesario
un profesional que lleve a cabo una inspección
técnica del inmueble y confeccione el informe
técnico correspondiente. El profesional debe
encontrarse habilitado por su respectivo Consejo
Profesional, CPAU (Consejo Profesional de
Arquitectura y Urbanismo:
www.cpau.org )
CPIC (Consejo Profesional de Ingeniería Civil:
www.cpic.org.ar
).
La periodicidad de la inspección técnica del
inmueble varía según la antigüedad del mismo:
Desde 10 a 21 años Cada 10 años. Más 21 a 34
años Cada 8 años. Más 34 a 50 años Cada 6 años.
Más 50 a 71 años Cada 4 años. Más 72 años en
adelante Cada 2 años.
La presentación de Ley 257 se efectúa mediante
la utilización de un aplicativo Web al cual los
usuarios acceden por medio de Internet. Para
comenzar la tramitación hay que ingresar a
www.fachadas.agcontrol.gob.ar