El 1 de diciembre de 2016, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la Ley N° 5.728 que autorizó la concesión del Sistema de Estacionamiento Regulado por el plazo de 10 años, modificando a su vez la Ley N° 4.888.

Esta ley fue aprobada por 33 votos (PRO + Coalición Cívica). A raíz de esta votación se presentó una acción de amparo que tramita en el Juzgado N° 23 secretaría N° 45, y está caratulada como “DESPLATS, GUSTAVO MARIA CONTRA GCBA POR AMPARO – OTROS”, Expte. N° A2248-2017/0. En esta firmó como actor el Coordinador de Protocomuna Caballito con el apoyo del Legislador (MC) Gustavo Vera y el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad.

Se cuestionó que la ley N° 5.728 fue aprobada por mayoría absoluta y en simple lectura cuando debió ser aprobada por mayoría de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura (40 votos) y cumpliendo el procedimiento de doble lectura con la realización de audiencia pública obligatoria.

En fecha 19 de Junio, el Juez FRANCISCO FERRER dictó SENTENCIA DE FONDO haciendo lugar a los planteos realizados en la demanda y declaró que los artículos 2, 4, 5 de la ley 5728, conjuntamente con sus Anexos, en tanto contemplan supuestos alcanzados por el artículo 89, incs. 1, 4 y 5 de la Constitución de la Ciudad, debieron cumplir con el procedimiento de doble lectura exigible. Asimismo, declaró que, encontrándose cumplidos los recaudos impuestos por el artículo 82, incisos 4, y 5 de la Constitución de la Ciudad, resultaba exigible que fueran aprobados por la mayoría de dos tercios del total de los miembros de la Legislatura. En consecuencia, declaró la inconstitucionalidad de los artículos anteriormente identificados, aclarando que idéntico reproche se hace extensivo a las cláusulas de su antecedente que regularon idénticas hipótesis, artículos 6, 7 y 8 de la ley 4888 y sus Anexos.

La SENTENCIA detalló que la VIOLACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE DOBLE LECTURA violó el derecho de los habitantes de la ciudad a ejercer su derecho a la participación y a la Democracia Participativa a través de la audiencia pública que obligatoriamente debió convocarse.

También expresó que se VIOLÓ EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN de los habitantes en cuanto comprende participar del debate público a través de los procedimientos legalmente establecidos.

EL GCBA DEBERÁ ASUMIR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO

La Ley N° 5.728 dispuso que si en el plazo de 18 meses, contados a partir de la promulgación de la presente ley, no se adjudica la concesión del sistema de estacionamiento regulado, el Poder Ejecutivo deberá proceder a brindar el servicio público por sí.

Este plazo venció el 9 de junio de 2018. Con esta sentencia el GCBA no podrá adjudicar la licitación, por lo tanto, deberá asumir la prestación del servicio inmediatamente.

FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA

A) Tanto la Ley N° 4.888 y N° 5.728 adoptaron medidas tendientes a otorgar en concesión servicios vinculados con el Servicio de Estacionamiento Regulado que afecta calles, y también confiere derechos sobre otros inmuebles que integran el dominio público –destinados a playas de acarreo-, cabe concluir que debieron cumplir con el procedimiento de doble lectura (conf. artículo 89, inciso 5 de la CCABA).

B) Estas leyes toda vez que disponen sobre bienes inmuebles de la Ciudad, a la vez que establecen concesiones y constituyen derechos sobre el dominio público de la Ciudad, por un plazo que supera los cinco años, debieron haber contado, para su sanción, con la mayoría agravada consagrada en el artículo 82, inciso 5° de la CCABA (40 votos).

C) La alteración de predios zonificados como Urbanización Parque (UP) debió haberse efectuado siguiendo el procedimiento de doble lectura previsto en el artículo 89, inciso 1° de la CCABA.

ANTECEDENTES y DATOS:

– El contrato de concesión del acarreo de autos y el estacionamiento medido está vencido desde el año 2001. Las empresas que operan las grúas son STO (Dakota S.A) y SEC (BRD S.A.C.I.F.I). Ambas empresas se dividen la Ciudad: STO desde Viamonte hacia el Norte y SEC de Viamonte al Sur.

– Dakota y BRD pagan un canon irrisorio: alrededor de 100 mil pesos por mes entre ambas.

– El costo del acarreo incrementó un 500% en 8 años. de 150 a 750 pesos.

– De esta forma, durante la gestión Pro, el acarreo acumula una suba de 500 por ciento: en 2008 aumentó de 150 a 190 pesos (40%); en 2012 a 350 (84%); en 2014 a 450 pesos (29% más) y otro 29% a 580$ (2015) y en 2016 a 750 pesos.

– Hay entre 10.000 y 14.000 acarreos mensuales por empresa. Las grúas levantan hasta 550 autos en días laborables. Es decir, ganan entre 7,5 millones y 10,5 millones de pesos mientras sólo pagan 55 mil pesos de canon cada una. En menos de 9 horas las dos empresas recuperan el irrisorio canon de 100 mil pesos que le pagan a la Ciudad».

– A partir de fines del año 2014 el servicio tendría que haber sido prestado por el Gobierno de la Ciudad directamente en virtud de la ley N° 4.888. No se cumplió y ahora se otorgó otra prórroga por la ley N° 5.728 hasta mediados de 2018.

– La ley N° 5.728 establecía un incremento de casi 3 mil % de los espacios alcanzados actualmente por el estacionamiento medido.

– La Ley N° 5.728 ampliaba de 4.000 a 85.000 los espacios tarifados en un territorio de 203,3 km2, esto representaba el 23% del total de lugares posibles del que se dispone en Buenos Aires[5]. El resto de los espacios para estacionar (284.000 lugares) continuaban siendo gratuito.

– El sistema se ampliaba a unas 10.000 de las 24.400 cuadras con las que cuenta la Ciudad.

– Las grúas iban a llegar a 14 de las 15 comunas.

Observatorio del Derecho a la Ciudad

PALABRA DE FUNCIONARIOS

Larreta, el Jefe de Gobierno Porteño en una reunión realizada en el Belgrano en este año dijo: “Cada año entran 80.000 autos nuevos a la ciudad, hay un problema físico irresoluble, el estacionamiento más grande puede tener 500/700 autos, pero por más que hagamos estacionamientos no resolvemos el problema. La única solución es promover el transporte público. Vamos a implementar el estacionamiento tarifado con la novedad que el residente no paga. Hoy vienen de afuera del barrio se van a trabajar y dejan el vehículo estacionado todo el día. La idea es darle prioridad a los vecinos y eso va de la mano de un mayor control”.

Méndez, el secretario de transporte de la ciudad, en una reunión realizada este año en Núñez dijo: “El estacionamiento es el principal problema de la ciudad, por eso vamos a implementar el “estacionamiento medido”. Los residentes del barrio van a tener una oblea identificatoria en sus autos para así poder estacionar gratis en 300 metros a la redonda de sus domicilios. Mientras que todos los que vengan de Provincia y dejan el auto como un garaje al aire libre para tomarse el subte e ir al centro, tendrán que abonar. Esto va a fomentar que vengan menos personas de otras zonas y ocupen lugares por mucho tiempo”.

Por admin

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