El trámite para
obtener un subsidio por inundación puede realizarse en las Sedes
Comunales, dentro de los 20 días hábiles. El monto del subsidio
se determinará en base al daño que verifique el organismo
técnico competente, hasta la suma de $20.000 por solicitante.
Se entregarán subsidios a todas aquellas personas afectadas por
los fenómenos meteorológicos extraordinarios que sufran daños
en:
•Bienes inmueble (hasta $20.000)
•Bienes muebles registrables (hasta $8.000)
•Bienes muebles (hasta $8.000)
Requisitos
Si el daño ocurrió en un inmueble:
•Original y fotocopia del DNI del solicitante.
•Acreditar titularidad del dominio o ser ocupante legítimo.
•Habilitación Municipal en caso de actividades que así la
requieran o inicio de trámite.
•Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para
acreditar los requisitos establecidos en la norma.
Si el daño se produjo en un bien mueble registrable, radicado en
Capital Federal: (automotores, etc.)
•Original y fotocopia del DNI del solicitante.
•Acreditar titularidad del dominio.
•Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para
acreditar los requisitos establecidos en la norma.
Si el daño se produjo en bienes muebles:
•Original y fotocopia del DNI del solicitante.
•Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para
acreditar los requisitos establecidos en la norma.
IMPORTANTE
•SÓLO SE RECIBIRÁN SOLICITUDES QUE CUENTEN CON LA TOTALIDAD
DE LA DOCUMENTACIÓN INDICADA POR LA NORMA Y DENTRO DE LOS 20
DÍAS HÁBILES DESDE LA FECHA DEL EVENTO.
•LOS AUTOMOTORES DEBERÁN ESTAR RADICADOS EN CAPITAL FEDERAL.
Pasos para realizar el trámite
1) Tené en cuenta cuándo y dónde realizar el trámite
La presentación de la solicitud debe realizarse en cualquiera de
las Sedes Comunales (CGP) de 9 a 18 hs. Debe completarse el
formulario “Solicitud de Subsidio ley 1575” (para casa o para
auto), dentro de los 20 días hábiles de ocurrido el hecho. Si el
vencimiento fuera en día no hábil, se recibirán las solicitudes
hasta el primer día hábil siguiente.
•SÓLO SE RECIBIRÁN SOLICITUDES EN SEDES COMUNALES (NO EN LA MESA
GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVOS DEL GOBIERNO DE LA
CIUDAD)
Avisos:
•No debe registrarse deuda por Infracciones, lo que también
debe resolverse en la Sede Comunal (CGP), al momento de iniciar
el trámite.
•Para evitar un segundo trámite a los ciudadanos que han
cumplido con sus obligaciones, el Gobierno porteño dispuso
unificar la gestión en una sola ventanilla.
•Puede consultarse el estado de deuda en www.agip.gob.ar o en
Sedes Comunales, y utilizar los medios de pago disponibles según
el caso. Si en el transcurso del trámite se verifica una
condición de morosidad, el pedido de subsidio no podrá ser
tramitado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En ese
caso, se le informa al vecino, quien deberá regularizar la deuda
y reiniciar el proceso dentro del plazo de 20 días hábiles desde
el siniestro.
2) Sabé quién puede hacerlo
El formulario debe estar firmado por el titular (original y
duplicado). La presentación de la documentación y los
formularios puede realizarla cualquier persona en cualquiera de
las Sedes Comunales.
Para más información dirigirse a la Secretaría de Gestión
Comunal y Atención Ciudadana, Av. de Mayo 591, horario de
atención: Lunes a viernes de 9 a 18 hs. Tel.: 147
CRÉDITOS BANCO CIUDAD
El Banco Ciudad ofrecerá líneas de créditos a tres años de plazo
con una tasa de interés de 13% para reparar daños producto de
esta catástrofe. Para los consorcios se entregarán hasta
$120.000, para los comercios hasta $60.000 y para los individuos
$40.000. |